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¿Qué puedes hacer si ICE detiene a un ser querido sin una orden judicial?

Detención por parte de ICE sin orden judicial: por qué los detalles importan

Cuando alguien a quien quieres es detenido por el ICE, lo primero que sientes es miedo. Lo segundo suele ser confusión. ¿Adónde se lo ha llevado el ICE? ¿Tenía el ICE una orden judicial? ¿Hay fianza? ¿Ya hay una orden de expulsión? ¿Se puede hacer algo ahora?

La respuesta es que los detalles importan desde el primer momento. La detención por parte de ICE no es el momento de dar por hecho que el Gobierno haya cumplido todas las normas. Es el momento de preguntarse qué información tenía realmente ICE, qué hizo realmente ICE y si la ley permitía que la detención y el encarcelamiento se llevaran a cabo tal y como sucedieron.

Me preocupa este tema porque he visto cómo el ICE intenta justificar una detención sin orden judicial usando expresiones como «riesgo de fuga» sin explicar cuál es la urgencia. No me lo trago así como así. Según la ley de inmigración, una detención sin orden judicial requiere algo más que la simple sospecha de que alguien pueda ser expulsable. Hay otra cuestión aparte: ¿era realmente probable que esta persona se fugara antes de que el ICE pudiera conseguir una orden judicial?

Esa pregunta puede dar un giro total al caso.

¿Qué significa que ICE te detenga sin orden judicial?

En muchos casos de detención de inmigrantes, a las familias solo se les dice que el ICE ha detenido a la persona y la tiene bajo custodia. Pero esa información no es suficiente. Una detención legal suele depender de la autoridad específica que el ICE alega estar ejerciendo.

Según el artículo 1357(a)(2) del título 8 del Código de los Estados Unidos (8 U.S.C.), un agente de inmigración puede detener a una persona en Estados Unidos sin orden judicial solo si tiene motivos para creer que esa persona está infringiendo la ley de inmigración y que es probable que se fugue antes de que se pueda obtener la orden. Las normas federales del artículo 287.8 del título 8 del Código de Regulaciones Federales (C.F.R.) también establecen que se debe obtener una orden de detención , salvo cuando el funcionario de inmigración designado tenga motivos para creer que es probable que la persona se fugue antes de que se pueda obtener dicha orden.

Eso significa que lo de «riesgo de fuga» no es solo una etiqueta. Se supone que debe estar respaldado por hechos. Si el ICE tuvo tiempo de identificar a la persona, seguirla, hacer comprobaciones en la base de datos, consultar a un supervisor o preparar la documentación, la pregunta es obvia: ¿qué emergencia impidió que se emitiera una orden de detención?

Esa es la pregunta que me hago.

Por qué le pido a ICE que muestre su trabajo

Las familias suelen sentirse impotentes porque el ICE tiene a la persona detenida y los documentos parecen oficiales. Pero que un documento sea oficial no significa que sea una prueba. Una «Notificación de comparecencia», una orden I-200, una orden de expulsión I-205, las notas de detención, las solicitudes de documentos de viaje, los registros de supervisión y las declaraciones de los agentes deben examinarse con cuidado.

En un caso reciente, el ICE afirmó que mi cliente presentaba riesgo de fuga. Pero los registros mostraban que el ICE ya lo había identificado, había seguido su vehículo, había realizado comprobaciones y había consultado a un supervisor antes de la detención. Además, la documentación revelaba que el formulario I-200 se emitió después de que ya lo hubieran esposado, detenido y llevado a la oficina del ICE.

Eso es importante. Si el ICE dice que no hubo tiempo para conseguir una orden judicial, el expediente debería explicar por qué. Si el ICE dice que era probable que alguien se fugara, el expediente debería mostrar los hechos que respaldan esa conclusión. Si el ICE se acoge a una excepción al requisito de la orden judicial, el Gobierno debería tener que demostrar que esa excepción se aplica de verdad.

Por eso no considero que la conclusión de una agencia sea una prueba. Hago que el Gobierno explique cómo ha llegado a esa conclusión.

Cómo se puede recurrir a un hábeas corpus para impugnar una detención ilegal por motivos de inmigración

Una solicitud de hábeas corpus, presentada en virtud del artículo 224 del título 28 del Código de los Estados Unidos (28 U.S.C.), es un recurso ante un tribunal federal que impugna una detención ilegal. En los casos de inmigración, el hábeas corpus se suele utilizar cuando la cuestión no es simplemente si la persona tiene un expediente de inmigración, sino si el Gobierno tiene autoridad legal para mantenerla detenida de la forma en que lo está haciendo.

Un caso de hábeas corpus puede referirse a una detención prolongada, una detención tras una orden de expulsión antigua, una detención tras una alegación de ICE de que han cambiado las circunstancias, una detención sin las garantías procesales adecuadas o una detención sin orden judicial en la que los hechos no respaldan la autoridad que alega el Gobierno.

El hábeas corpus no es lo mismo que pedirle al juez de inmigración asilo, la anulación de la expulsión, una exención o una tarjeta de residencia por motivos familiares. Esas solicitudes suelen tramitarse en el tribunal de inmigración o ante el USCIS. El hábeas corpus plantea una cuestión diferente: ¿es legal la detención en sí misma?

Esa distinción es importante. Una persona puede necesitar tanto una defensa contra la expulsión en el tribunal de inmigración como un recurso contra la detención en un tribunal federal. La estrategia tiene que tener en cuenta ambas vías a la vez.

Qué deben hacer las familias justo después de una detención por parte de ICE

El primer paso es localizar a la persona. Las familias pueden usar el localizador de detenidos en línea de ICE, pero es posible que el sistema no se actualice de inmediato. Deberías anotar el nombre completo legal de la persona, la fecha de nacimiento, el país de nacimiento, el número A (si lo tienes) y cualquier información sobre el centro de detención.

El segundo paso es averiguar de qué tipo de caso se trata. ¿Hay una nueva «Notificación de comparecencia»? ¿Hay una orden de expulsión anterior? ¿La persona ya estaba sujeta a una «Orden de supervisión»? ¿Ha dicho ICE que se ha expedido un documento de viaje? ¿Hay programada una vista en el tribunal de inmigración? ¿Se puede pagar una fianza?

El tercer paso es dejar constancia de los hechos. Anota dónde se produjo la detención, qué dijeron los agentes, si mostraron una orden judicial, si la orden llevaba la firma de un juez o solo la de un agente de inmigración, si la persona hizo preguntas, si algún familiar presenció la detención y si el ICE entró en una vivienda, un lugar de trabajo, un coche o un lugar público.

Los detalles más insignificantes pueden acabar convirtiéndose en hechos jurídicos importantes más adelante.

La fianza, el tribunal de inmigración y el tribunal federal no son lo mismo

Cuando ICE detiene a alguien, las familias suelen pedir primero la fianza. Es lógico. La fianza puede ser la forma más rápida de traer a alguien a casa si la persona cumple los requisitos. Pero la fianza es solo una parte del análisis.

Algunas personas detenidas pueden tener derecho a solicitar una fianza ante un juez de inmigración. Otras pueden estar sujetas a detención obligatoria, tener una orden de expulsión definitiva o estar detenidas en virtud de otra disposición legal. Algunas personas necesitan presentar una moción para reabrir una orden anterior. Algunas necesitan una suspensión de la expulsión. Otras necesitan asilo, la suspensión de la expulsión, protección en virtud de la Convención contra la Tortura, una exención, la ley VAWA, una estrategia basada en el visado U, una estrategia de solicitud familiar o la anulación del procedimiento.

Y hay gente que necesita el hábeas corpus porque el problema es la propia detención.

Por eso, una estrategia seria para los casos de personas detenidas no debería limitarse a una sola pregunta. Debería plantearse todas las preguntas: ¿Podemos solicitar la libertad bajo fianza? ¿Podemos impugnar la detención? ¿Podemos presentar un recurso de hábeas corpus? ¿Podemos reabrir una resolución anterior? ¿Podemos detener la expulsión? ¿Podemos defender el caso en el tribunal de inmigración? ¿Podemos usar una solicitud pendiente ante el USCIS para cambiar la situación del caso? ¿Podemos obligar al Gobierno a demostrar lo que afirma?

Las órdenes de desalojo antiguas requieren un nivel de revisión distinto

Muchas detenciones de ICE se producen a raíz de una orden de expulsión antigua. A veces se les dice a las familias que no hay nada que hacer porque la orden es antigua. No acepto que eso sea el final del análisis.

Una resolución antigua me dice la fecha en la que se dictó. Pero no me dice si la persona recibió la notificación adecuada, si era menor de edad, si algún adulto responsable estaba al corriente de la vista, si la persona entendió el caso, si la vista se llevó a cabo correctamente o si la resolución puede revisarse.

Si el ICE detiene a alguien basándose en una orden antigua y dice que ahora hay muchas posibilidades de que se le expulse, quiero ver las pruebas. Si el ICE dice que hay un documento de viaje, quiero ver el documento en sí. Si el ICE dice que las circunstancias han cambiado, quiero saber exactamente qué ha cambiado y si el expediente lo corrobora.

El Gobierno no puede basarse en meras conclusiones cuando está en juego la libertad.

Las familias de Minnesota necesitan una estrategia rápida y local para la detención de inmigrantes

Para las familias de St. Cloud, Minneapolis, el condado de Stearns, el centro de Minnesota y las localidades cercanas, la detención por parte de ICE puede suceder muy rápido. Es posible que trasladen a la persona, que fijen una audiencia o que empiecen los trámites de expulsión antes de que la familia se dé cuenta de lo que ha pasado.

Por eso hay que poner en marcha la estrategia legal de inmediato. Un abogado especializado en detención de inmigrantes de Minnesota debería analizar la detención, la documentación de la misma, el expediente del tribunal de inmigración, la posibilidad de fianza, si hay alguna orden de expulsión anterior y si conviene presentar una petición de hábeas corpus.

El objetivo no es presentar papeleo por presentarlo. El objetivo es identificar el punto de presión legal más eficaz y actuar antes de que el Gobierno convierta la detención en una expulsión.

Llama hoy a SRR Law Group LLC

Si han detenido a un ser querido tuyo por parte de ICE, no des por hecho que el Gobierno haya hecho todo correctamente. No des por hecho que la expresión «riesgo de fuga» resuelva la cuestión jurídica. No des por hecho que una orden de expulsión antigua signifique que no se pueda hacer nada. Y no des por hecho que la detención sea permanente hasta que un abogado haya revisado el expediente en sí.

En SRR Law Group LLC, analizo cada paso desde el principio. Examino qué pruebas tenía el ICE, qué hizo el ICE, qué exigía la ley y si un tribunal federal, un tribunal de inmigración, la fianza, la reapertura del caso u otra vía legal pueden proteger a tu ser querido.

Llama a SRR Law Group LLC al 507-580-7374 para concertar una reunión estratégica. Si ICE ha detenido a un ser querido tuyo, ahora es el momento de actuar.